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En ERP Lawyers & Associates brindamos asesoría en el área de derecho migratorio, tales como aplicaciones para la obtención de Residencias, ajustándose a los requerimientos de cada una de las distintas categorías existentes, como en este caso la de residente pensionado.
Por distintas razones, tales como seguridad jurídica, belleza natural, democracia, educación, acceso a infraestructura, servicio de salud, entre otros, Costa Rica se ha convertido en un destino no solo turístico, sino que también en el hogar para una gran cantidad de personas extranjeras que deciden instalarse de manera temporal o definitiva.
Es al momento de tomar esta decisión cuando es muy importante asesorarse para asegurarse que todo este proceso se lleve acorde y cubriendo todas y cada una de las necesidades de cada persona.
Específicamente, con respecto a Migración, existen requisitos migratorios generales establecidos en nuestra legislación, los cuales aplican en todas las diferentes categorías de residencia. Estos requisitos son:
a) Solicitud de Residencia
b) Formulario de filiación.
c) Certificado de nacimiento debidamente apostillado o legalizado.
d) Certificado de antecedentes penales debidamente apostillado o legalizado. Dicho certificado tendrá una vigencia de seis meses, salvo que el documento indique expresamente otro plazo de validez.
e) Certificación de matrimonio debidamente apostillado o legalizado. Este requisito aplica únicamente en los casos en que la persona solicitante desee cubrir a su cónyuge como dependiente. Si existen hijos menores, también se deberá de presentar el certificado de nacimiento de cada uno de ellos.
f) Toma de huellas dactilares.
g) Seis fotografías recientes y tamaño pasaporte.
h) Inscripción Consular.
i) Copia certificada de todas las páginas del pasaporte.
j) Comprobante de pagos gubernamentales.
k) Traducción oficial de todos aquellos documentos que se expidan en un idioma diferente al español.
Con respecto a la categoría de residencia como pensionado, el requisito específico es contar con una pensión mensual y permanente por la suma mínima de USD $1,000.00, lo cual le da el derecho a la persona extranjera de solicitar junto a su núcleo familiar la categoría de Residente Temporal como Pensionado. Esto debe de ser certificado por parte de la autoridad o institución que brinde dicho privilegio; y deberá de ser apostillada y traducida al español en caso de que se expida en otro idioma.
Si está interesado en disfrutar su pensión en Costa Rica, y/o tiene dudas o consultas en cuanto a los requisitos y el proceso, lo invitamos a que nos contacte por medio del correo electrónico info@erplawyer.com, en donde con todo gusto atenderemos su consulta.