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En ERP Lawyers & Associates brindamos a nuestros clientes servicios de derecho migratorio y bienes raíces o de inmuebles, ajustándonos a sus requerimientos y posibilidades.
Por muchas y distintas razones, tales como seguridad jurídica, belleza natural, democracia, educación, acceso a infraestructura, habla del idioma inglés, servicios de salud completos, entre otros, Costa Rica se ha convertido en un destino no solo turístico, sino también el hogar para una gran cantidad de personas extranjeras que deciden mudarse de manera temporal o definitiva.
La adquisición de propiedades en Costa Rica es una muy importante decisión y una posibilidad abierta tanto para nacionales, residentes legales, extranjeros o personas jurídicas. Dependiendo del tipo de inversión que se busque, puede resultar ser una transacción relativamente sencilla o tener un alto grado de complejidad.
En cualquiera de los casos, la protección más básica será siempre contar con la asesoría de un Abogado y Notario Público experto en la materia
En nuestro país contamos principalmente con dos maneras de transmitir la propiedad de manera onerosa:
a) El traspaso directo: Por medio del cual el vendedor transfiere la propiedad a favor del comprador.
b) El Traspaso Indirecto: Por medio del cual el comprador adquiere la totalidad o un porcentaje de las acciones/cuotas de la sociedad dueña de la propiedad, y que pertenecen al vendedor.
La propiedad puede ser comprada en el nombre de una persona física o jurídica, nacional, residente o extranjera, y/o en copropiedad.
Comúnmente se utilizan sociedades mercantiles, principalmente la sociedad de responsabilidad limitada o la sociedad anónima, como dueñas de propiedades. Lo anterior para efectos de protección del patrimonio.
Para efectos de evitar una mala inversión y garantizarse que la propiedad que se vaya a adquirir cumpla con el fin para el cual se quiere y no tenga contingencias, es fundamental llevar a cabo el denominado Proceso de Debida Diligencia o “Due Diligence”.
Esto es, en términos generales, el proceso de investigación sobre el inmueble, para efectos de descubrir posibles riesgos ocultos que puedan perjudicar los intereses del comprador.
Cuando se cuente con toda la información, se procede con la elaboración de un reporte formal y sustentado, por medio del cual se recomendará o no el negocio de compraventa del inmueble.
Igualmente, al momento de tomar la decisión de aplicar para una residencia es cuando es muy importante ser debidamente asesorado para asegurarse que todo este proceso se lleve acorde, cubriendo todas y cada una de las necesidades.
Específicamente, con respecto a la solicitud de residencia por inversión en bienes inmuebles, se debe de presentar:
a) Solicitud de Residencia y Formulario de Filiación
b) Certificado de nacimiento debidamente apostillado o legalizado.
c) Certificado de antecedentes penales debidamente apostillado o legalizado
d) Certificación de matrimonio debidamente apostillado o legalizado.
e) Toma de huellas dactilares.
f) Dos fotografías tamaño pasaporte.
g) Inscripción Consular.
h) Copia certificada del pasaporte.
i) Comprobante de pagos gubernamentales.
j) Título de Propiedad
k) Constancia de la Municipalidad correspondiente, en el que se demuestre el valor real del inmueble. La declarada de los bienes deberá ser como mínimo el monto de $200,000.00
l) Traducción oficial de todos aquellos documentos que se expidan en un idioma diferente al español.
En caso de que una persona extranjera invierta en Costa Rica, le confiere el derecho de solicitar, junto a su núcleo familiar, la categoría de Residente Temporal como Inversionista.
Si está interesado en iniciar un proyecto de inversión, sobre bienes inmuebles, y/o tiene dudas o consultas sobre el proceso, lo invitamos a que nos contacte por medio del correo electrónico info@erplawyer.com, en donde con todo gusto lo atenderemos.