Requisitos para el Permiso de Trabajo de Extranjeros en Costa Rica

Requisitos para el Permiso de Trabajo de Extranjeros en Costa Rica

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De acuerdo con el Ministerio de Trabajo de Costa Rica, pueden ejercer labores de forma legal en el país, todas aquellas personas extranjeras que tienen cédula de residencia libre de condición, permiso de trabajo o condición legal de refugiado o asilado.

Por tal motivo, la persona extranjera que desee llevar a cabo labores remuneradas en Costa Rica deberá, en primera instancia, solicitar una categoría migratoria que se lo permita, sea una residencia temporal o un permiso especial de trabajo. Sin embargo, las personas extranjeras que poseen cédula de residencia permanente libre condición (DIMEX) pueden laborar sin requerir de previo un permiso de trabajo.

¿Cómo se Obtiene el Permiso de Trabajo?

El permiso de trabajo es una autorización, emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería, que deben tener todas las personas extranjeras que deseen trabajar en Costa Rica. Para dar esta autorización la Dirección toma en cuenta los dictámenes elaborados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por medio de los cuales determina si se recomienda o no el permiso de trabajo, basándose en criterios de desplazamiento de mano de obra nacional.

¿Quién solicita el Permiso de Trabajo?
Los permisos de trabajo deben gestionarse por parte de la persona empleadora con base en la legislación vigente, ante la Dirección General de Migración y Extranjería. Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el permiso de trabajo?
• Formulario de filiación (solicitud).
• Carta explicando por qué solicita el permiso de trabajo, incluyendo nombre completo, nacionalidad, edad, ocupación, dirección del lugar de residencia exacta, y lugar o forma de notificación.
• Recibo del pago de ¢125.00 y ¢2.50 por cada hoja que presente con la solicitud de residencia. Debe ser pagado por el solicitante e incluir su nombre.
• Dos fotografías recientes tamaño pasaporte.
Comprobante de registro de huellas, emitido por el Ministerio de Seguridad Pública.
• Comprobante de inscripción consular.
• Certificado de nacimiento legalizado.
• Certificado de antecedentes penales del país de origen o donde haya residido legalmente los últimos tres años. Copia certificada del documento migratorio para demostrar la legalidad de residencia en ese país.
• Fotocopia de todas las páginas del pasaporte vigente.
• Oferta de trabajo autenticada en la que se indique al menos, las funciones, el horario y el salario acordado.
• Certificado de personería jurídica de la empresa o institución expedido no antes de un mes a la presentación de la solicitud de residencia temporal para la persona trabajadora extranjera.
• Comprobante de que la empresa o sociedad se encuentra al día con el pago de los impuestos municipales y tributarios.
• Certificado de ingresos, balance y estado de resultados, emitido por Contador Público Autorizado.
• Certificación que indique que el seguro para el trabajador se encuentra al día.

Derechos y Obligaciones del Trabajador Extranjero.

Las personas extranjeras admitidas o autorizadas como residentes permanentes podrán participar en toda tarea, actividad remunerada o lucrativa por cuenta propia, o en relación de dependencia, de acuerdo con su categoría de ingreso y de acuerdo con las leyes que reglamenten su ejercicio y con lo que dispone la Ley de Migración y Extranjería.

Por otro lado, las personas extranjeras admitidas como temporales, podrán, con las excepciones establecidas por la ley, desarrollar tareas asalariadas o lucrativas por cuenta propia o en relación de dependencia solamente durante el periodo de su permanencia legal y en aquellas actividades autorizadas por la Dirección General de Migración, previo informe favorable del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Obligación de los Trabajadores

Todos los trabajadores deben estar afiliados a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y gozar de un seguro contra accidentes de Trabajo que el empresario paga al Instituto Nacional de Seguros.

Derechos de los Trabajadores

Las personas trabajadoras extranjeras tienen los mismos derechos en la relación laboral que los nacionales (pago de su salario, aguinaldo, vacaciones, cesantía, seguridad social, entre otros).

Ninguna persona empleadora puede quitar o retener el pasaporte a las personas trabajadoras extranjeras.

Las personas trabajadoras extranjeras deben verificar que se les apliquen sus derechos, caso contrario pueden acudir a las instituciones competentes (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Caja Costarricense de Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros, Tribunales de Justicia, entre otros).

El hecho de que una empresa cuente con una persona trabajadora extranjera con condición migratoria irregular, no la exime de todas sus obligaciones laborales; y a la persona extranjera trabajadora no le impide de acudir a las oficinas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para su respectiva información y asesoría.

Sanciones para las Personas Extranjeras Trabajando de Manera Irregular

Si una persona extranjera lleva a cabo labores remuneradas sin contar con el permiso migratorio respectivo, es penado con deportación y pago de multas.

Es responsabilidad de la persona empleadora verificar la permanencia legal de la persona trabajadora extranjera, ya que la Ley indica que aquella persona física o jurídico a que contrate a personas extranjeras en condición irregular se expondrá a sanciones administrativas, y conforme lo establecido en la Ley.

En ERP Lawyers contamos con un equipo de profesionales en derecho laboral y migratorio dispuestos a brindarle la asesoría y el apoyo requerido para que pueda contar, de manera legal, con personas extranjeras laborando en su empresa.

Contáctenos hoy mismo para recibir una asesoría ética, responsable y personalizada.

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William S

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Eduardo, solo queríamos agradecerles mucho a usted y su equipo por el profesionalismo, conocimiento, y atención que cada uno nos ha brindado.

Nos hemos sentido muy cómodos y sabemos que estamos en buenas manos.

Me alegra que Dominique nos los haya recomendado y que nuestros caminos se hayan cruzado.

Esperamos continuar con esta relación y que podamos seguir trabajando con usted y su experimentado equipo, especialmente José, por ayudarnos a hacer nuestra transición a un país extranjero mucho más cómodo sabiendo que estamos en las mejores manos.

Marla Renae Rahmin

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El abogado Eduardo Rojas y su equipo altamente competente son la razón por la que mi hijo tiene a su padre en su vida.

ERP Lawyers es un grupo de expertos en derecho internacional de familia, y también son compasivos a través de su práctica de la abogacía.

Mi hijo fue secuestrado de Estados Unidos y llevado a Costa Rica, si no fuera por ERP Lawyers y sus esfuerzos en el ámbito del derecho internacional de familia, no creo que me hubiera reunido con mi hijo.

La triste realidad es que el derecho de familia en Costa Rica tiene un sesgo erróneo hacia las madres y, a menudo, puede violar los derechos humanos de un niño a conocer a su padre.

Si bien, este es un tema ampliamente conocido en Costa Rica, es inmensamente difícil para los padres superar la posición negativa con la que comienza un padre en los tribunales de familia de Costa Rica.

Gracias a Eduardo Rojas y su equipo pudimos navegar numerosos procesos para permitirle a mi hijo el derecho humano a reunirse con su padre después de muchos años.

Eduardo Rojas, José Azofeifa y ERP Lawyers demostraron un gran trabajo en equipo, integridad, capacidad de respuesta y flexibilidad para trabajar conmigo a nivel internacional.

Además, fueron diligentes y persistentes en la búsqueda de la verdad a través de prácticas legales que permitieron que mi hijo finalmente se reuniera con su padre.

Tengo que agradecer a Eduardo Rojas y su equipo por los años futuros en los que mi hijo y yo seremos autorizados a hacer crecer nuestra relación como padre e hijo.

Doy mi más alta recomendación a cualquiera que necesite apoyo experto y compasivo en derecho internacional de familia

Eric Lentz

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Adrian Gutierrez - CEO JOGO MERCADEO

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Mi experiencia con ERP Lawyers ha sido de gran satisfacción.

Son muy profesionales y extremamente dedicados en cada uno de sus servicios.

Su capacidad de resolución de problemas es realmente admirable.

Definitivamente recomiendo a ERP Lawyers a cualquier persona en busca de asesoría legal.

Eva Brenes Branch - Manager Ground Cargo Transportation

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Mundo Acuático decidió hace más de 3 años buscar un bufete que no solo se limitara a proveernos los documentos legales que nos solicitaban en diferentes instituciones, deseábamos contar con personas que tuvieran visión y nos pudieran aconsejar en los diferentes retos y cambios tanto Gubernamentales como del ente privado.

Somos una PYME que no cuenta con departamento legal por lo que era de suma importancia contar que abogados que nos guiaran, de tal manera que nuestra empresa siempre fuera un paso adelante, tanto en derecho administrativo, laboral, mercantil y de impuestos.

Fue un gran placer empezar a trabajar con ERP Lawyers and Associates, todas nuestras dudas y temores fueron abarcados, sin dejar de lado la gran amabilidad con la que siempre hemos sido atendidos.

Daniela Solano - Manager Mundo Acuático

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He estado obteniendo servicios ERP por casi 7 años.

He obtenido servicios del Sr. Rojas y su equipo de abogados para asuntos familiares, residencia, artículos de incorporación, compra de propiedades e inversiones en Costa Rica.

ERP ha sido consistente, cortés, profesional y rápido en responder a cualquier pregunta legal que haya tenido sobre hacer negocios en Costa Rica. Recomendaría ERP a cualquiera que esté buscando vivir o hacer negocios en Costa Rica.

Costa Rica es un gran lugar para visitar, vivir y hacer negocios y tener el asesoramiento adecuado es absolutamente necesario.

No puedo enfatizar lo suficiente lo impresionado que he estado con el Sr. Rojas y su equipo.

Si está solicitando residencia, comprando una casa o tiene alguna pregunta sobre cómo funcionan las cosas en Costa Rica, ERP es el mejor sin lugar a duda.

Inicialmente me los recomendó la Embajada de los Estados Unidos y estoy muy contento con ellos

Jason Roppolo

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Hola Eduardo, Le escribo para expresar el trabajo de su equipo en relación con mi reciente compra del Condominio. Desde el inicio me impresionó el dominio del idioma inglés de su equipo.

Llevo 20 años en Costa Rica y normalmente hablo español el 90% del tiempo, incluso con los que hablan inglés.

Generalmente hablo español con todos a menos que su inglés sea mejor que mi español, que no suele ser el caso. Igualmente me impresionó la atención de su equipo a los detalles.

Durante el proceso de la compra, envié un par de correos electrónicos que contenían una serie de preguntas técnicas y fueron respondidas de manera precisa y oportuna.

He realizado muchos cierres de propiedades en el pasado, y en más de una ocasión he encontrado errores en los documentos finales de cierre. Siendo que tengo experiencia en contabilidad, presté mucha atención a los números finales, los cuales estaban perfectamente preparados.

Me sorprendió gratamente ver que no se necesitaron correcciones. Al principio me pareció extraño cerrar en una sucursal de MUCAP.

Pero rápidamente descubrí que el gerente de la sucursal trabajó con nosotros para verificar rápidamente las transferencias de fondos y la cancelación del préstamo.

En todo caso, los abogados de ERP manejaron todo el cierre sin problemas y de manera profesional con el vendedor, el abogado del vendedor, el gerente y los empleados del banco. En conclusión, me complace decir que los abogados de ERP hicieron un gran trabajo

William S

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