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Costa Rica propone que el Banco Central y la Comisión promuevan la competencia y fijen un único porcentaje a los negocios en comisiones de pagos con tarjetas de crédito o débito. Las comisiones de afiliación en Costa Rica se encuentran, en su mayoría, superiores al 4% sin diferenciar entre crédito y débito, mientras que a nivel internacional la comisión de afiliación se ubica a tasas mucho menores y diferenciativas.
La proliferación de tarjetas de crédito y débito, así como el incremento en las transacciones con plástico, han generado una distorsión en la economía y en particular a los pequeños comercios, que deben pagar una cantidad importante de sus ingresos a los bancos, traduciéndose en mayores precios y afectando de igual forma a los consumidores que deben pagar ligeramente más por cada producto.
Las ganancias anuales del sistema financiero por el cobro de estas comisiones, según estimaciones de la Cámara de Comercio, son de aproximadamente $175.000.000,00 (ciento setenta y cinco millones de dólares). Por otra parte, países como en la Unión Europea se cuenta con un reglamento donde se fija un tope a las tasas de intercambio de 0.2% para tarjetas de débito y de 0.3% para las tarjetas de crédito.
En América Latina, por ejemplo México, el Banco Central revisa periódicamente el mecanismo de determinación y el nivel de las tasas de intercambio y además, los bancos deben de hacerlas públicas. Actualmente, el monto que se le cobra a los comercios es de 1.91% para tarjetas de crédito y de 1.15% para tarjetas de débito.
Lo que la propuesta de ley establece
El proyecto de ley número 21.177, que tiene como objetivo facultar al gobierno para regular las comisiones cobradas por las entidades financieras a los comercios, fue presentado ante la Asamblea Legislativa por varios diputados.
La propuesta establece que “… Deberá ser un único porcentaje para todos los comercios y la comisión por transacciones con tarjetas de débito deberá ser menor a la que se cobre por transacciones con tarjetas de crédito. Dichas comisiones serán revisadas y publicadas cada 24 meses por los bancos emisores.”
En relación al tema María Isabel Cortés, directora de la Asociación Bancaria Costarricense dijo Crhoy.com que en la determinación de las comisiones “… influye mucho el volumen de las transacciones de cada comercio, dado que existen costos fijos importantes. La tasa de intercambio permite que los emisores tengan el incentivo para distribuir ampliamente los medios modernos de pago. Especialmente, las tarjetas de débito que, por su marginalidad, no serían posibles de servir si no existieran las tasas de intercambio adecuadas.”
Cortés añadió que “… ‘La tasa de intercambio debe mantener un equilibrio; si es muy baja, no incentiva la tarea de emisión de tarjetas y la atención al tarjetahabiente y si es muy alta, no estimula la aceptación de las tarjetas como medio de pago’.”
El objetivo de esta ley es crear el marco normativo para el establecimiento de comisiones de pagos con tarjetas. Donde, dichas comisiones de intercambio y adquirencia por las transacciones de compra con tarjetas de crédito y débito, garanticen la promoción de la competencia, mejorar la competitividad y aumentar la trazabilidad fiscal, en beneficio de los comercios, de los consumidores y de la Hacienda Pública.
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