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El impuesto a las personas jurídicas como lo señala el Ministerio de Hacienda de Costa rica, es un impuesto, que deben pagar todas las sociedades mercantiles, toda sucursal de una sociedad extranjera o su representante y toda empresa individual de responsabilidad limitada, que se encuentren inscritas o que se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
En ERP LAWYERS nos gustaría recordarle que el impuesto a las personas jurídicas se debe pagar año tras año. El plazo para cancelar, sin intereses, es dentro de los 30 días naturales siguientes al 01 de enero de cada año.
¿Cuales son las tarifas que comprenden el impuesto de personas jurídicas?
Las tarifas para personas jurídicas se establecen de acuerdo con la siguiente tabla:
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15% |
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25% |
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30% |
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50% |
**Salario base 2019: ¢446.200.
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¿Que sucede con quienes no cumplan con el pago a impuesto de personas jurídicas?
Quienes no cancelen esta obligación se exponen al pago de intereses y multas por parte de Tributación, que corresponde a un 1% mensual con un máximo de 20%. Además, en caso de morosidad, el Registro Nacional no emitirá certificaciones ni inscribirá documentos en favor de una sociedad morosa, y las sociedades morosas no podrán contratar con el sector público a través de licitaciones.
En caso que las sociedades no paguen el impuesto respectivo a personas jurídicas y se deja de pagar por 3 períodos consecutivos, el registro podrá disolver la sociedad de oficio y embargará los bienes que se encuentren a nombre de la sociedad, y en caso que la sociedad no tenga bienes, los representantes legales.
Para más información sobre cómo pagar este impuesto de personas jurídicas o asesoría, ERP Lawyers & Associates pone a disposición su equipo de Derecho Laboral. Contáctenos y con gusto le atendemos. http://www.erplawyers.com/contactenos/