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Recientemente fue aprobado por el congreso en un segundo debate, la Ley para la Regulación del Teletrabajo (Nueva regulación del Teletrabajo) en Costa Rica, por ello hemos querido destacar algunos aspectos importantes que se deben conocer.
¿Qué es el Teletrabajo?
Para quienes nos están familiarizados con el término, el Teletrabajo se considera un trabajo a distancia o remoto. Es decir, desde un lugar distinto a donde se encuentra el empleador o quien recibe el servicio, por lo que permite realizar tareas que no requieren la presencia física del trabajador en la empresa. Y aunque se venía desarrollando en Costa Rica desde hace algunos años, no contaba con una regulación que ofreciera seguridad jurídica tanto a Empleados como Empleadores.
Por lo tanto, el pasado 29 de agosto los diputados del congreso aprobaron de forma unánime, en un segundo Debate, el proyecto de Ley en donde se define que el teletrabajo será de manera voluntaria tanto para la persona trabajadora como para el empleador y se puede pactar desde el inicio de la relación laboral o durante el desarrollo de esta. Esto deberá establecerse, con la firma de ambas partes, en un acuerdo para teletrabajar.
¿Qué implicaciones tiene la implementación de esta nueva ley?
En esta nueva regulación del Teletrabajo , los Teletrabajadores tendrán el mismo salario y deben cumplir las mismas obligaciones que los colaboradores que trabajan presencialmente desde las empresas, para ello el patrono puede ejercer las facultades de fiscalización y de dirección propias del empleador.
Posibles sanciones.
Por tal motivo si el trabajador no se encuentre disponible durante la jornada de trabajo podría acarrear una sanción, por ser considerado como abandono de labores, conforme al artículo 72 inc. C, del Código de Trabajo.
Horarios Flexibles.
Sin embargo, el horario de persona teletrabajadora podrá ser flexible, siempre y cuando sea previamente acordado con su jefatura y no afecte el normal desarrollo de las actividades y procesos de trabajo. Además de apegarse a las disposiciones del Código de Trabajo.
Es importante resaltar que, una vez realizado el acuerdo para la condición de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral, la persona Teletrabajadora no podrá exigir posteriormente realizar su trabajo en las instalaciones físicas de la persona empleadora, a no ser que las partes de común acuerdo modifiquen lo inicialmente pactado.
Riesgos de trabajo
En cuanto a riesgos de trabajo, rige exactamente lo mismo a lo dispuesto para trabajadores que realizan su trabajo en la planta del patrono. Por lo que se aplicaran las pólizas previstas para el trabajo presencial y se regirá por lo dispuesto en el Código de Trabajo, Ley N.° 2 del 26 de agosto de 1943.
Responsabilidades del Patrono
Sin embargo, será deber del Patrono asegurar condiciones a su empleado para poder ejercer sus labores, entre ellas el equipo, conexiones, programas y el valor de la energía. Al igual que, se deberá determinar en el contrato los desplazamientos que se deban realizar para asuntos laborales.
En cuanto a robo, pérdida o daño de los equipos.
Si los equipos utilizados para la realización del teletrabajo por parte de los empleados, sufren algún tipo de daño, robo o extravío, el empleado deberá notificarlo a su patrono y coordinar la continuidad de las labores, en un plazo no mayor a 24 horas. La responsabilidad del daño o pérdida no recaerá sobre el empleado, a no ser que, se demuestre que los sucesos hayan ocurrido de forma intencional, por negligencia o descuido por parte del teletrabajador.
Por otra parte, el trabajador puede optar por utilizar su propia computadora para teletrabajar, sin embargo, debe tener en cuenta, que el patrono podrá tener acceso a la información que el empleado guarde en su dispositivo, ya que durante la duración del contrato laboral e incluso después de que éste finalice, se considera al patrono dueño de dichos contenidos.
Beneficios para el Teletrabajador
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- Disminuye los tiempos de traslado; ahorra costos
- Mayor equilibrio vida personal-vida familiar
- Mejora en la salud al reducir el estrés derivado de los desplazamientos y los gastos asociados
- El teletrabajo es voluntario
Beneficios para el Patrono
Son innumerables los beneficios que trae consigo el uso y aplicación del teletrabajo para las empresas, entre ellos se tienen:
- Incremento de la productividad individual de los teletrabajadores e influencia positiva en la productividad general
- Ahorro de costos de infraestructura (espacio físico, consumo de energía.
- Reducción de ausentismo, reducción de costos de reemplazo de personal
- Optimiza procesos productivos y maximiza la eficiencia del trabajador
- Es un aliado del medio ambiente, por cuanto contribuye con el descongestionamiento de los centros urbanos.
- Favorece la inclusión para personas con diversidad funcional, potencialidades diferentes, dificultad para trasladarse físicamente a su área laboral o residenciada en otros países.
- Permite reclutar y retener a los mejores talentos, dándoles mayor flexibilidad.
- Mejora de la calidad y cantidad de trabajo.
Beneficios ambientales y económicos.
Cabe destacar que con la implementación de la nueva ley, se espera que haya una reducción de 60 toneladas de dióxido de carbono por año, solo en el sector público. Asimismo, se cree que, si se logra implementar el teletrabajo para al menos la mitad de los funcionarios que tienen perfil para hacerlo, se podría reducir en 24.000 vehículos por día el flujo en la Gran Área Metropolitana y se reduciría la cantidad de combustible consumido en 48 millones de litros al año.
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