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En Costa Rica, las mujeres en estado de embarazo y en período de lactancia, gozan de una protección especial en el ámbito laboral. Es importante destacar que el periodo de lactancia es el tiempo durante el cual la madre alimenta a su hijo por medio de leche materna, y este tiene un periodo mínimo de tres meses otorgados después del parto, el cual podrá ser extendido por dictamen médico.
Esta protección se encuentra establecida en diversas leyes y normativas que garantizan el respeto a sus derechos y su integridad durante esta etapa tan importante de sus vidas. Lamentablemente, no todas las mujeres tienen acceso a la información y recursos necesarios para hacer valer estos derechos, y en ese sentido, es crucial contar con una asesoría legal adecuada para el reconocimiento y ejercicio de estas garantías frente a los patronos, para preservar su salud y la del menor, así como su estabilidad laboral y económica, antes y después del embarazo.
La principal protección que se brinda a las trabajadoras en este estado es que estas no pueden ser despedidas sin motivo justificado, ni pueden ser tratadas con discriminación. Cualquier tipo de acto discriminatorio o violencia contra las mujeres embarazadas es inaceptable y debe ser sancionada. Por ejemplo, el acoso sexual y la discriminación por embarazo pueden ser objeto de denuncia ante las autoridades correspondientes.
Para que una trabajadora sea protegida por este fuero especial, es indispensable que comunique al patrono el estado de su embarazo. Si la trabajadora es despedida de manera injustificada, debe obtener la asesoría legal adecuada para pedir la reinstalación en sus labores y exigir el pago por concepto de indemnización a la que tenga derecho por daños y perjuicios, las sumas correspondientes al subsidio de preparto y postparto, y los salarios que hubiera dejado de percibir desde el momento de despido, hasta completar ocho meses de embarazo.
Otro concepto importante de tener claro y que sin duda debe ser respetado es la licencia por maternidad. Este es un período de cuatro meses al que tiene derecho la trabajadora en estado de embarazo, para reposar un mes antes del parto y tres meses después del nacimiento del menor, los cuales, como se mencionó anteriormente, se consideran el período mínimo de lactancia. Durante esta licencia, la trabajadora tiene derecho a devengar el mismo salario que recibiría si estuviera laborando.
En este sentido, contar con la asesoría legal puede ser la mejor opción para garantizar el respeto a todos estos derechos. Un abogado especializado puede ayudar a la mujer embarazada a entender sus derechos y a tomar acciones legales en caso de que se presenten violaciones o abusos en su contra. Además, la asesoría legal también puede ser valiosa para empleadores y empresas, ya que pueden recibir orientación en materia de protección de las mujeres embarazadas en Costa Rica.
Si usted es una mujer que se encuentra en esta circunstancia o un empleador interesado en proteger los derechos de sus trabajadoras, no dude en contactarnos al correo electrónico info@erplawyers.com.