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El pasado 20 de junio del presente año, fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta la nueva ley número 7472, que regula las tasas de interés, “Promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor”, también conocida popularmente con el nombre de “ley de usura”. Esta ley establece, entre otros aspectos, la metodología que deberá usarse para fijar la tasa de interés máxima, a partir de la cual se considerará que existe el delito de usura.
Según la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), existen diez elementos básicos para poder entender las implicaciones de esta nueva Ley, que son:
1. Metodología para determinar tasas máximas de interés: La ley define una metodología de cálculo para que, en lugar de las tasas fijas, cada seis meses se permita conocer la tasa máxima para los créditos formalizados a partir de esa fecha, considerando los promedios ponderados de créditos ya existentes. Según esto, las tasas máximas variarán con el tiempo.
2. Límites para intereses crediticios: La ley establece tres límites. El primero es para todo tipo de crédito, incluyendo tarjetas de crédito, el cual tendrá un tope inicial del 39%. El segundo límite es para los microcréditos (préstamos que no superan los c.675,000.00), que tendrán un tope inicial del 55%. El último límite es para contratos, negocios o transacciones pactados en otras monedas, que será fijado utilizando el promedio de los últimos 12 meses de las tasas de intereses negociadas en el grupo “Otras Sociedades de Depósito”, en dólares y que es calculada por el Banco Central.
3. El BCCR: Será el Banco Central de Costa Rica el ente encargado de calcular y establecer las tasas máximas dos veces al año, debiendo publicar la actualización en enero y julio, tanto en La Gaceta como en su página web.
4. Lo que no forma parte de tasas de interés: Existen cargos, como por ejemplo la gestión de cobranza administrativa, que no formarán parte de la tasa de interés; sin embargo, no podrán ser superiores al 5% de la parte del abono principal que se encuentra en mora y no podrá superar el monto de USD $12.00.
5. Tasas de interés moratorias: La ley recién publicada también crea una regulación para este tipo de tasas. En caso de bancos y sus grupos financieros, se fijarán de acuerdo al artículo 70 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. Además, deberán ajustarse a lo que indica el artículo 498 del Código de Comercio.
6. El Índice de Comparabilidad: Esta es una de las herramientas más importantes con las que contará el consumidor, ya que podrá encontrar toda la oferta de productos crediticios, incluyendo datos sobre las tasas de interés y demás. Este índice será calculado por el BCCR y el MEIC, incluirá personas físicas, jurídicas y medios electrónicos de pago.
7. Delitos: La exigencia de intereses desproporcionados en contra de los límites señalados por la Ley, constituirá el delito de usura, que tiene una pena de prisión que va desde los 6 meses hasta los 2 años, o bien de 20 a 80 días multa. Esta pena podrá duplicarse cuando se cometan en perjuicio de los consumidores y usuarios.
8. Obligaciones del oferente: Antes de poder brindar un crédito, el oferente deberá solicitarle al deudor una autorización para tener acceso al Centro de Información Crediticia de la SUGEF. Además, deberá proporcionar al usuario de previo toda la información por escrito, de forma clara y actualizada respecto a la tasa de interés.
9. Derechos del trabajador consumidor financiero: Los trabajadores podrán solicitar a sus patronos la retención de las cuotas para el pago de sus créditos, siempre y cuando exista un acuerdo previo entre el trabajador, patrono y la entidad financiera.
10. No retroactividad: Según la nueva ley, los nuevos límites o topes a las tasas no aplicarán para los créditos que se hayan formalizado anterior a la entrada en vigor de la ley.
La publicación de esta nueva ley que regula las tasa de intereses, representa un alivio financiero para aquellos usuarios que busquen créditos nuevos o que evalúen solicitar tarjetas de crédito, ya que semestralmente se revisarán las tasas de interés para que estas no sean contrarias a lo que indica la ley.
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