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En el mes de febrero, el Presidente de la República Carlos Alvarado firmó la Ley del Comercio al Aire Libre. Esta novedosa Ley marca un paso hacia adelante en materia de la utilización de espacios públicos para ejercer el comercio.
Según estipula la mencionada Ley, las Municipalidades estarán facultadas para emitir licencias especiales que permitan la venta de comidas y bebidas en espacios públicos como parques, calles, aceras, plazas.
Es de suma importancia señalar que estas licencias que otorgarán las Municipalidades solo serán otorgadas a quienes ya cuenten con una Patente Municipal. Por otro lado, quienes opten por tener una licencia municipal de este tipo deberán pagar un canon a la Municipalidad. Este canon puede tener un valor diferenciado dependiendo del tipo de espacio público que se utilice.
Los fondos que sean recaudados por el pago de las licencias serán destinados a la preservación y mejoramiento de los espacios públicos.
Otro punto fundamental que debe tomarse en cuenta es el hecho de que la licencia permitirá traer materiales removibles como mesas y sillas, las cuales se tienen que retirar de manera diaria. Esto dado a que no se podrán dejar en espacios públicos ningún tipo de materiales que hayan sido utilizados para ejercer el comercio.
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