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Cada inicio de año es importante tener presente cuáles son los feriados que van a tener todos los trabajadores costarricenses y las fechas en los que estos van a regir. En Costa Rica, con el fin de fomentar la reactivación del turismo, desde el año 2020 se ha generado el traslado de algunos días festivos para que estos sean gozados los días lunes. El objetivo de estos traslados es tener los llamados “fines de semana largos”, y con ellos incentivar el turismo interno y la reactivación económica de muchas zonas del país.
Como sabemos, los días feriados en nuestro país, además de ser un derecho de los trabajadores, son obligatorios, es decir, ningún trabajador puede ser obligado a trabajar en estos días festivos, a menos de que haya un común acuerdo entre el patrono y trabajador y si algún trabajador realiza sus labores esos días, el patrono debe reconocer el pago doble. Todo esto sin distinción de que se traten de empresas nacionales o internacionales.
A continuación, se enlistan los días festivos para el 2023 en Costa Rica, las fechas y el debido traslado en los casos correspondientes:
1. Año Nuevo – Domingo 1 de enero
2. Días Santos – Jueves 6 y viernes 7 de abril
3. Batalla de Rivas – Martes 11 de abril. (Traslado: lunes 10 de abril)
4. Día del Trabajador – Lunes 1 de mayo.
5. Anexión de Guanacaste – Martes 25 de julio. (Traslado: lunes 24 de julio)
6. Día de la Virgen de los Ángeles – Miércoles 2 de agosto
7. Día de la Madre – Martes 15 de agosto. (Traslado: lunes 14 de agosto)
8. Día de la Persona Negra y la Cultura Afro costarricense – Jueves 31 de agosto. (Traslado: domingo 3 de setiembre)
9. Día de la Independencia – Viernes 15 de setiembre.
10. Abolición del Ejército– Viernes 1 de diciembre
11. Navidad – Lunes 25 de diciembre
Es importante mencionar también que, de la lista antes citada, los siguientes son feriados de pago no obligatorio:
• Día de la Virgen de los Ángeles
• Día de la Persona Negra y la Cultura Afro costarricense
• Abolición del Ejército
Como se mencionó anteriormente, es importante tener estas fechas presentes y contar con una buena asesoría legal en materia laboral, para cualquier inconveniente que como trabajador se nos pueda presentar, ante, por ejemplo; el no pago doble de un feriado laborado o, una situación en la cual un patrono quiera obligar a su trabajador a laborar un día festivo sin común acuerdo.
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