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En la actualidad, el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Tributación (DGT) de Costa Rica se encuentran realizando pruebas para implementar, de forma obligatoria, el uso de la factura electrónica para así proceder a la recaudación de impuestos, “un documento comercial con efectos tributarios, generado, expresado y transmitido en formato electrónico”, que debe cumplir con los requisitos legales que se exigen a las facturas tradicionales.
El fin de la factura electrónica es proceder a la recaudación de impuestos, así como agilizar los procesos de venta y cobro, pero también realizar un mayor control sobre todos los profesionales que facturen; acá se incluyen los denominados ‘profesionales liberales’: Médicos, ingenieros, contadores, etc. quienes muchas veces no declaran para efectos tributarios, lo que realmente ganan.
Fernando Rodríguez, viceministro de Ingresos de la DGT, indicó en días pasados al semanario El Financiero que se acercaron a Radiográfica Costarricense (Racsa) con el objetivo de que dicha institución se encargue de la parte técnica del sistema y que el proyecto, esperan, pueda estar funcionando a finales de este 2014.
Para Rodríguez, la prioridad es que el sistema sea capaz de capturar, procesar y controlar la información. “Hacer obligatorio el uso de la factura sin aprobar un sistema con esas características, no tendría ningún sentido”, señaló Rodríguez al medio de comunicación.
Entre los beneficios de la factura electrónica se encuentran:
- Contribuye con el medio ambiente al no ser necesario el uso de tanto papel.
- El emisor ahorrará dinero en suministros como papel y tinta para impresora; en gastos de envío y gasolina.
- Se agilizará el procedimiento de trámite y cobro de servicios o productos.
- Eficacia y seguridad en el intercambio de información entre el emisor electrónico y el receptor manual (persona física o jurídica), esto porque para usar la factura electrónica se necesita una firma digital: “método que asocia la identidad de una persona con un mensaje o documento electrónico, para asegurar la autoría y la integridad del mismo”.
¿Qué debo hacer para emitir facturas digitales?
ERP Lawyers & Associates le explica a continuación los requisitos para poder entregar facturas electrónicas:
- Contar con una aplicación o programa para emitir las facturas, que garantice la seguridad de las transacciones y que los datos del profesional y la persona o empresa a la que brinde sus servicios, se mantengan resguardados de terceros.
- Toda la información que se genere de forma previa, durante y después de la emisión de la factura digital tiene que ser almacenada y contar con copias indelebles. Lo anterior incluye: diseño del sistema, códigos fuentes, diccionario de datos y manuales de uso.
- El interesado debe estar inscrito en el Registro de Contribuyentes de Tributación y luego registrarse como emisor de facturas electrónicas en el sitio web del Ministerio de Hacienda.
- Recordemos que para usar la factura electrónica es necesario contar con una firma digital, misma que puede tramitarse en entidades bancarias.
Es necesario que la factura electrónica detalle esta información:
- Identificación del contribuyente o declarante.
- El nombre del tipo de documento: “Factura Electrónica”.
- Numeración consecutiva.
- Fecha de emisión de la transacción.
- Condiciones de la venta (crédito, contado, apartado, en consignación, arrendamiento con opción de compra o cualquier otra condición que se consigne en la factura).
- Estar redactada en español y entregar el documento electrónico al comprador, asimismo debe almacenarse en soporte electrónico indeleble.
- Detalle de la mercancía o servicio prestado: cantidad enviada, precio unitario, unidad de medida, código de producto, descripción del producto o del servicio y monto de la operación expresada en moneda nacional.
- Descuentos concedidos, con la indicación de su naturaleza y montos.
- Subtotal y valor total de la factura en moneda nacional.
En ERP Lawyers contamos con un equipo de profesionales los cuales están dispuestos a brindarle la asesoría y el apoyo requerido de forma legal, con el menor riesgo. Contáctenos hoy mismo para recibir una asesoría ética y responsable en derecho comercial y corporativo
* Fuentes consultadas:
www.dgt.hacienda.go.cr
www.ccpa.or.cr
www.elfinancierocr.com