El Remate Fracasado y el Remate Insubsistente en el Proceso de Cobro Judicial

El Remate Fracasado y el Remate Insubsistente en el Proceso de Cobro Judicial

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Cuando las personas desean iniciar un proceso de cobro judicial, se suelen preguntar qué medios tienen para garantizar el pago en una eventual condenatoria, es decir, como hacer que el monto al que se condena al demandado va a ser efectivamente cobrado y no que no se trate únicamente de una condena en papel.

Ahora bien, para esto nuestra legislación nos provee distintas alternativas según cada caso. Por ejemplo, sí la deuda proviene de una hipoteca o una prenda, esta deuda ya se encuentra garantizada propiamente con un bien, ya sea una bien inmueble (un terreno, una casa, etc) en el caso de la hipoteca o un bien mueble (un carro, una moto, etc) en el caso de un crédito prendario.

Esto quiere decir que en el proceso de cobro judicial dicho bien en garantía servirá para ser ejecutado mediante la figura del remate y que con lo obtenido en dicho remate se salde la deuda que se encuentra pendiente.

En un sentido similar otros tipos de procesos de cobro judicial, tales como los que se basan en títulos ejecutivos (pagaré, letra de cambio, etc), sí bien es cierto no se encuentran garantizados de una manera preferente con un bien en específico, permite a la parte accionante haga la solicitud de embargo sobre los bienes que pueda tener el deudor, de esta manera una vez finalizado el proceso y en caso de que el deudor no cumpla con realizar el correspondiente pago, se podrán sacar los mismos a remate con el fin de que con lo obtenido en el remate se cancele la deuda.

Pero ahora bien, muchas veces los acreedores se preguntan, que sucede en aquellos casos en los que un bien sale para remate, sin embargo, al momento del remate no existen postores y en consecuencia de ello no existe postura (es decir no hay ofertas).

Esto según la doctrina costarricense, se podría definir como remate fracasado, ya que en virtud de lo anterior éste fracasa y no se celebra el remate, aunque quede entendido que éste debe celebrarse.

En sí, el acto reúne toda eficacia, pero no llega a alcanzar el fin, el objetivo para el cual nació, por faltar el tercero llamado a participar y a cerrar el círculo de la relación con la necesaria oferta y adquisición del bien.

El Código Procesal Civil, en el artículo 161, menciona lo siguiente:
“Si en el primer remate no hubiera postor, se efectuará la segunda subasta una vez transcurrido el plazo no menor de cinco días, rebajando la base en un veinticinco por ciento (25%) de la original. Si en el segundo remate tampoco hay oferentes, se celebrará una tercera subasta en un plazo no menor de cinco días. La tercera subasta se iniciará con el veinticinco por cierto (25%( de la base original y en ella el postor deberá depositar la totalidad de su oferta. Si en la tercera subasta no hubiera postores, se tendrán por adjudicados los bienes al ejecutante, por el veinticinco por cierto (25%) de la base original.”

El mismo Código, en el artículo 162, indica que:
“Si el mejor oferente no consignara el precio dentro del plazo señalado, se tendrá por insubsistente el remate. El treinta por ciento (30%) del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios y el resto en abono al crédito al acreedor ejecutante de grado preferente. Cuando hubiera varios acreedores ejecutantes de crédito vencido, el monto correspondiente a daños y perjuicios se girará a todos por partes iguales. Declarada la insubsistencia de la subasta, se ordenará celebrarla nuevamente y el depósito para participar será la totalidad de la base.”

Es importante tomar esto en consideración, ya que la finalidad del remate es que el acreedor ejecutante pueda obtener la retribución en efectivo de la obligación que dejó de pagar el deudor ejecutado; sin embargo, es necesario tomar previsiones en caso de que se dé un remate fracasado o insubsistente, ya que esto atrasará el recibo del dinero en efectivo al acreedor y a este se le adjudicaría el o los bienes según cada caso en por el 25% de la base original.

Esto quiere decir que deberá dejarse el bien, el cual servirá para cubrir un 25% de la base original, por lo que el resto de la deuda se mantendría al cobro. El acreedor podrá venderlo si así lo decide o bien lo puede mantener en caso de que le resulte de mayor beneficio a sus intereses.

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Marla Renae Rahmin

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" El abogado Eduardo Rojas y su equipo altamente competente son la razón por la que mi hijo tiene a su padre en su vida. ERP Lawyers es un grupo de expertos en derecho internacional de familia, y también son compasivos a través de su práctica de la abogacía. "
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Eric Lentz

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Adrian Gutierrez - CEO JOGO MERCADEO

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" Mi experiencia con ERP Lawyers ha sido de gran satisfacción. Son muy profesionales y extremamente dedicados en cada uno de sus servicios. Su capacidad de resolución de problemas es realmente admirable... "
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Eva Brenes Branch - Manager Ground Cargo Transportation

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Daniela Solano - Manager Mundo Acuático

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" He estado obteniendo servicios ERP por casi 7 años. He obtenido servicios del Sr. Rojas y su equipo de abogados para asuntos familiares, residencia, artículos de incorporación, compra de propiedades e inversiones en Costa Rica... "
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Jason Roppolo

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William S

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Eduardo, solo queríamos agradecerles mucho a usted y su equipo por el profesionalismo, conocimiento, y atención que cada uno nos ha brindado.

Nos hemos sentido muy cómodos y sabemos que estamos en buenas manos.

Me alegra que Dominique nos los haya recomendado y que nuestros caminos se hayan cruzado.

Esperamos continuar con esta relación y que podamos seguir trabajando con usted y su experimentado equipo, especialmente José, por ayudarnos a hacer nuestra transición a un país extranjero mucho más cómodo sabiendo que estamos en las mejores manos.

Marla Renae Rahmin

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El abogado Eduardo Rojas y su equipo altamente competente son la razón por la que mi hijo tiene a su padre en su vida.

ERP Lawyers es un grupo de expertos en derecho internacional de familia, y también son compasivos a través de su práctica de la abogacía.

Mi hijo fue secuestrado de Estados Unidos y llevado a Costa Rica, si no fuera por ERP Lawyers y sus esfuerzos en el ámbito del derecho internacional de familia, no creo que me hubiera reunido con mi hijo.

La triste realidad es que el derecho de familia en Costa Rica tiene un sesgo erróneo hacia las madres y, a menudo, puede violar los derechos humanos de un niño a conocer a su padre.

Si bien, este es un tema ampliamente conocido en Costa Rica, es inmensamente difícil para los padres superar la posición negativa con la que comienza un padre en los tribunales de familia de Costa Rica.

Gracias a Eduardo Rojas y su equipo pudimos navegar numerosos procesos para permitirle a mi hijo el derecho humano a reunirse con su padre después de muchos años.

Eduardo Rojas, José Azofeifa y ERP Lawyers demostraron un gran trabajo en equipo, integridad, capacidad de respuesta y flexibilidad para trabajar conmigo a nivel internacional.

Además, fueron diligentes y persistentes en la búsqueda de la verdad a través de prácticas legales que permitieron que mi hijo finalmente se reuniera con su padre.

Tengo que agradecer a Eduardo Rojas y su equipo por los años futuros en los que mi hijo y yo seremos autorizados a hacer crecer nuestra relación como padre e hijo.

Doy mi más alta recomendación a cualquiera que necesite apoyo experto y compasivo en derecho internacional de familia

Eric Lentz

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Adrian Gutierrez - CEO JOGO MERCADEO

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Son muy profesionales y extremamente dedicados en cada uno de sus servicios.

Su capacidad de resolución de problemas es realmente admirable.

Definitivamente recomiendo a ERP Lawyers a cualquier persona en busca de asesoría legal.

Eva Brenes Branch - Manager Ground Cargo Transportation

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Mundo Acuático decidió hace más de 3 años buscar un bufete que no solo se limitara a proveernos los documentos legales que nos solicitaban en diferentes instituciones, deseábamos contar con personas que tuvieran visión y nos pudieran aconsejar en los diferentes retos y cambios tanto Gubernamentales como del ente privado.

Somos una PYME que no cuenta con departamento legal por lo que era de suma importancia contar que abogados que nos guiaran, de tal manera que nuestra empresa siempre fuera un paso adelante, tanto en derecho administrativo, laboral, mercantil y de impuestos.

Fue un gran placer empezar a trabajar con ERP Lawyers and Associates, todas nuestras dudas y temores fueron abarcados, sin dejar de lado la gran amabilidad con la que siempre hemos sido atendidos.

Daniela Solano - Manager Mundo Acuático

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He estado obteniendo servicios ERP por casi 7 años.

He obtenido servicios del Sr. Rojas y su equipo de abogados para asuntos familiares, residencia, artículos de incorporación, compra de propiedades e inversiones en Costa Rica.

ERP ha sido consistente, cortés, profesional y rápido en responder a cualquier pregunta legal que haya tenido sobre hacer negocios en Costa Rica. Recomendaría ERP a cualquiera que esté buscando vivir o hacer negocios en Costa Rica.

Costa Rica es un gran lugar para visitar, vivir y hacer negocios y tener el asesoramiento adecuado es absolutamente necesario.

No puedo enfatizar lo suficiente lo impresionado que he estado con el Sr. Rojas y su equipo.

Si está solicitando residencia, comprando una casa o tiene alguna pregunta sobre cómo funcionan las cosas en Costa Rica, ERP es el mejor sin lugar a duda.

Inicialmente me los recomendó la Embajada de los Estados Unidos y estoy muy contento con ellos

Jason Roppolo

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Hola Eduardo, Le escribo para expresar el trabajo de su equipo en relación con mi reciente compra del Condominio. Desde el inicio me impresionó el dominio del idioma inglés de su equipo.

Llevo 20 años en Costa Rica y normalmente hablo español el 90% del tiempo, incluso con los que hablan inglés.

Generalmente hablo español con todos a menos que su inglés sea mejor que mi español, que no suele ser el caso. Igualmente me impresionó la atención de su equipo a los detalles.

Durante el proceso de la compra, envié un par de correos electrónicos que contenían una serie de preguntas técnicas y fueron respondidas de manera precisa y oportuna.

He realizado muchos cierres de propiedades en el pasado, y en más de una ocasión he encontrado errores en los documentos finales de cierre. Siendo que tengo experiencia en contabilidad, presté mucha atención a los números finales, los cuales estaban perfectamente preparados.

Me sorprendió gratamente ver que no se necesitaron correcciones. Al principio me pareció extraño cerrar en una sucursal de MUCAP.

Pero rápidamente descubrí que el gerente de la sucursal trabajó con nosotros para verificar rápidamente las transferencias de fondos y la cancelación del préstamo.

En todo caso, los abogados de ERP manejaron todo el cierre sin problemas y de manera profesional con el vendedor, el abogado del vendedor, el gerente y los empleados del banco. En conclusión, me complace decir que los abogados de ERP hicieron un gran trabajo

William S

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