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Para muchas personas, el proceso de adopción en Costa Rica puede resultar un poco complejo, ya que comprende varias etapas que deben llevarse de manera ordenada, para poder cumplir con todos los requisitos que menciona nuestra normativa al respecto.
La institución encargada de velar, inicialmente, por el proceso de adopción es el Patronato Nacional de la Infancia (PANI). En primera instancia, se debe realizar una etapa administrativa que es exclusivamente ante esta institución y se realiza para determinar la idoneidad de las personas solicitantes.
Esta etapa consiste en una determinación de idoneidad psicológica, social y legal de quienes solicitan la adopción de un niño, niña o adolescente. Según el Código de Familia, existen las adopciones individuales y las adopciones conjuntas. En el primer caso, es cuando la adopción se decreta a solicitud de ambos cónyuges, en cambio, la adopción individual, es cuando el adoptante es solo uno; en este caso, el adoptado deberá usar los dos apellidos del adoptante.
El artículo 171 del Código de Familia indica que la persona que quiera solicitar la adopción requiere:
– Ser legalmente capaz;
– Ser mayor de 25 años de edad, excepto los cónyuges que tengan más de 5 año de casados;
– Poseer condiciones familiares, morales, psicológicas, sociales, económicas y de salud que evidencien aptitud y disposición para asumir la responsabilidad parental; y
– Ser de buena conducta y reputación
Las personas que quieran solicitar la adopción deberán primero acudir al PANI para que se realice la determinación de la idoneidad anteriormente mencionada, para lo cuál deberán contar con los siguientes documentos:
– Formulario de adopción del PANI (completo y debidamente firmado)
– Dos fotografías tamaño pasaporte de los solicitantes.
– Certificado de nacimiento de los promoventes.
– Certificado de estado civil de los promoventes.
– Hoja de Delincuencia al día.
– Certificado de ingresos económicos.
– Dictamen médico de salud emitido por un profesional de la CCSS o privado.
– Valoración social.
– Copia de las cédulas de identidad.
Una vez que el PANI realice el proceso y se determine que los solicitantes son idóneos para adoptar, se deberá iniciar un proceso judicial en el cual un Juez de Familia determinará la situación de la persona menor de edad y decretará la adopción, ya sea individual o conjunta.
Es importante contar con la asesoría legal idónea para llevar a cabo este proceso, pues está lleno de múltiples requisitos y formalidades que se deben cumplir estrictamente, por lo cual contar una adecuada asesoría puede facilitar y evitar atrasos inecesarios dentro del proceso.
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