¿Cómo Obtener la Nacionalidad Costarricense por Naturalización?

¿Cómo Obtener la Nacionalidad Costarricense por Naturalización?

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La nacionalidad se define como el lazo jurídico que une a los individuos con el Estado. La nacionalidad se obtiene por nacimiento o por naturalización. La naturalización es el proceso mediante el cual el ciudadano de un Estado adquiere la nacionalidad de un segundo estado, con el cual ha adquirido algunos vínculos producto de la estancia y la residencia mantenida a lo largo del tiempo de manera legal; o por otros motivos, como son el matrimonio y la ascendencia directa de padres, abuelos, entre otros.

La Constitución Política de la República de Costa Rica, confiere la nacionalidad costarricense a:
a) La persona nacida en Costa Rica, sin importar la nacionalidad de sus progenitores.
b) La persona nacida fuera de Costa Rica hijo(a) de costarricense(s).
c) Las personas extranjeras que en virtud de la ley adquieren el derecho a solicitar la nacionalidad.

Aquí estaremos repasando las distintas posibilidades que la ley dicta, para que una persona extranjera tenga el derecho a solicitar la nacionalidad costarricense.
A) Naturalización al ser Mayor de Edad y hasta los 25 años, Nacido en Costa Rica e Hijo de Padres Extranjeros
Según el artículo 7 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones, los hijos de padre o madre costarricenses por nacimiento, que hubieran perdido su nacionalidad por disposición de su progenitor costarricense, podrán reclamar su calidad de costarricenses por nacimiento, al ser mayores de edad y hasta los veinticinco años, haciendo la respectiva gestión personalmente o por medio de apoderado especialísimo ante el Registro Civil y, para tal efecto, deberá acompañar la prueba del caso. Lo mismo se entenderá, en relación con los menores de edad, hijos de madre costarricense por nacimiento, que hubieran perdido su nacionalidad, aunque hubieran sido reconocidos por padre extranjero.

B) Naturalización al ser Mayor de Edad y hasta los 25 años, Nacido en el Extranjero e Hijo de Padre o Madre Costarricense por Nacimiento
Podrá optar por esta posibilidad, la persona mayor de 25 años nacido en el extranjero e hijo de padre o madre costarricense por nacimiento, cuando haya residido en el país al menos cinco años cuando se trate de nacionales de otros países centroamericanos, españoles o iberoamericanos por nacimiento; o siete años para cualquier otra nacionalidad.

C) Naturalización por Domicilio no Menor a 20 años en Costa Rica
Podrán optar por la nacionalidad costarricense las personas extranjeras que demuestren haber vivido en Costa Rica por un plazo no menor a los 20 años.

D) Naturalización por Matrimonio
Esta posibilidad es para aquellas personas extranjeras que han permanecido casadas y residiendo físicamente en Costa Rica por no menos de dos años.

E) Naturalización por Residencia
Las personas extranjeras con estatus de residentes legales podrán optar por la naturalización como costarricenses cuando demuestren haber mantenido dicho estatus de manera ininterrumpida por al menos cinco años cuando se trate de nacionales de otros países centroamericanos, españoles o iberoamericanos por nacimiento; o siete años para cualquier otra nacionalidad.

F) Naturalización por Trascendencia de Alguno de los Progenitores
Este procedimiento es aplicable únicamente para personas menores de edad cuando al menos uno de sus progenitores se haya naturalizado como costarricense.

G) Naturalización para Personas Declaradas en Condición de Apátrida o Refugiado Apátrida
Para esta categoría de la nacionalidad por naturalización es importante aclarar los siguientes conceptos:
Apátrida: Es aquella persona a la que ningún Estado le ha reconocido su nacionalidad, ya sea por una condición originaria o por situaciones sobrevinientes.
Refugiado Apátrida: Es una persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda, o a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda, o a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.

La Nacionalidad por Naturalización según nuestra Constitución Política:
La Constitución Política de Costa Rica, establece:

Artículo 13.- Son costarricenses por nacimiento:
1) El hijo de padre o madre costarricense nacido en el territorio de la República;
2) El hijo de padre o madre costarricense por nacimiento, que nazca en el extranjero, y se inscriba como tal en el Registro Civil, por la voluntad del progenitor costarricense, mientras sea menor de edad, o por la propia hasta cumplir veinticinco años;
3) El hijo de padres extranjeros nacido en Costa Rica que se inscriba como costarricense, por voluntad de cualquiera de sus progenitores mientras sea menor de edad, o por éste hasta antes de cumplir veinticinco años;
4) El infante, de padres ignorados, encontrado en Costa Rica.

Artículo 14.- Son costarricenses por naturalización:
1) Los que hayan adquirido esta nacionalidad en virtud de leyes anteriores.
2) Los nacionales de otros países de Centroamérica, los españoles y los iberoamericanos por nacimiento que hayan residido oficialmente en el país durante cinco años y que cumplan con los demás requisitos que fije la ley.
3) Los centroamericanos, los españoles y los iberoamericanos que no lo sean por nacimiento y los demás extranjeros que hayan residido oficialmente en el país durante siete años como mínimo y que cumplan con los demás requisitos que fije la ley.
4) La mujer extranjera que al contraer matrimonio con costarricense pierda su nacionalidad.
5) Las personas extranjeras que al casarse con costarricenses pierdan su nacionalidad o que luego de haber estado casadas dos años con costarricenses, y de residir por ese mismo período en el país, manifiesten su deseo de adquirir la nacionalidad costarricense.
6) Quienes ostenten la nacionalidad honorífica otorgada por la Asamblea Legislativa.

Artículo 15.- Quien solicite la naturalización deberá: acreditar su buena conducta, demostrar que tiene oficio o medio de vivir conocido, que sabe hablar, escribir y leer el idioma español, someterse a un examen comprensivo de la historia del país y sus valores, prometer que residirá en el territorio nacional de modo regular y jurar que respetará el orden constitucional de la República.”

Por medio de ley se establecen los requisitos y la forma para tramitar la solicitud de naturalización.

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Daniela Solano - Manager Mundo Acuático

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William S

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Eduardo, solo queríamos agradecerles mucho a usted y su equipo por el profesionalismo, conocimiento, y atención que cada uno nos ha brindado.

Nos hemos sentido muy cómodos y sabemos que estamos en buenas manos.

Me alegra que Dominique nos los haya recomendado y que nuestros caminos se hayan cruzado.

Esperamos continuar con esta relación y que podamos seguir trabajando con usted y su experimentado equipo, especialmente José, por ayudarnos a hacer nuestra transición a un país extranjero mucho más cómodo sabiendo que estamos en las mejores manos.

Marla Renae Rahmin

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El abogado Eduardo Rojas y su equipo altamente competente son la razón por la que mi hijo tiene a su padre en su vida.

ERP Lawyers es un grupo de expertos en derecho internacional de familia, y también son compasivos a través de su práctica de la abogacía.

Mi hijo fue secuestrado de Estados Unidos y llevado a Costa Rica, si no fuera por ERP Lawyers y sus esfuerzos en el ámbito del derecho internacional de familia, no creo que me hubiera reunido con mi hijo.

La triste realidad es que el derecho de familia en Costa Rica tiene un sesgo erróneo hacia las madres y, a menudo, puede violar los derechos humanos de un niño a conocer a su padre.

Si bien, este es un tema ampliamente conocido en Costa Rica, es inmensamente difícil para los padres superar la posición negativa con la que comienza un padre en los tribunales de familia de Costa Rica.

Gracias a Eduardo Rojas y su equipo pudimos navegar numerosos procesos para permitirle a mi hijo el derecho humano a reunirse con su padre después de muchos años.

Eduardo Rojas, José Azofeifa y ERP Lawyers demostraron un gran trabajo en equipo, integridad, capacidad de respuesta y flexibilidad para trabajar conmigo a nivel internacional.

Además, fueron diligentes y persistentes en la búsqueda de la verdad a través de prácticas legales que permitieron que mi hijo finalmente se reuniera con su padre.

Tengo que agradecer a Eduardo Rojas y su equipo por los años futuros en los que mi hijo y yo seremos autorizados a hacer crecer nuestra relación como padre e hijo.

Doy mi más alta recomendación a cualquiera que necesite apoyo experto y compasivo en derecho internacional de familia

Eric Lentz

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Han sido de gran apoyo para nuestra empresa. Hemos quedado muy satisfechos y no dudaríamos en recomendarlos a otras personas y empresas.

Adrian Gutierrez - CEO JOGO MERCADEO

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Mi experiencia con ERP Lawyers ha sido de gran satisfacción.

Son muy profesionales y extremamente dedicados en cada uno de sus servicios.

Su capacidad de resolución de problemas es realmente admirable.

Definitivamente recomiendo a ERP Lawyers a cualquier persona en busca de asesoría legal.

Eva Brenes Branch - Manager Ground Cargo Transportation

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Mundo Acuático decidió hace más de 3 años buscar un bufete que no solo se limitara a proveernos los documentos legales que nos solicitaban en diferentes instituciones, deseábamos contar con personas que tuvieran visión y nos pudieran aconsejar en los diferentes retos y cambios tanto Gubernamentales como del ente privado.

Somos una PYME que no cuenta con departamento legal por lo que era de suma importancia contar que abogados que nos guiaran, de tal manera que nuestra empresa siempre fuera un paso adelante, tanto en derecho administrativo, laboral, mercantil y de impuestos.

Fue un gran placer empezar a trabajar con ERP Lawyers and Associates, todas nuestras dudas y temores fueron abarcados, sin dejar de lado la gran amabilidad con la que siempre hemos sido atendidos.

Daniela Solano - Manager Mundo Acuático

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He estado obteniendo servicios ERP por casi 7 años.

He obtenido servicios del Sr. Rojas y su equipo de abogados para asuntos familiares, residencia, artículos de incorporación, compra de propiedades e inversiones en Costa Rica.

ERP ha sido consistente, cortés, profesional y rápido en responder a cualquier pregunta legal que haya tenido sobre hacer negocios en Costa Rica. Recomendaría ERP a cualquiera que esté buscando vivir o hacer negocios en Costa Rica.

Costa Rica es un gran lugar para visitar, vivir y hacer negocios y tener el asesoramiento adecuado es absolutamente necesario.

No puedo enfatizar lo suficiente lo impresionado que he estado con el Sr. Rojas y su equipo.

Si está solicitando residencia, comprando una casa o tiene alguna pregunta sobre cómo funcionan las cosas en Costa Rica, ERP es el mejor sin lugar a duda.

Inicialmente me los recomendó la Embajada de los Estados Unidos y estoy muy contento con ellos

Jason Roppolo

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Hola Eduardo, Le escribo para expresar el trabajo de su equipo en relación con mi reciente compra del Condominio. Desde el inicio me impresionó el dominio del idioma inglés de su equipo.

Llevo 20 años en Costa Rica y normalmente hablo español el 90% del tiempo, incluso con los que hablan inglés.

Generalmente hablo español con todos a menos que su inglés sea mejor que mi español, que no suele ser el caso. Igualmente me impresionó la atención de su equipo a los detalles.

Durante el proceso de la compra, envié un par de correos electrónicos que contenían una serie de preguntas técnicas y fueron respondidas de manera precisa y oportuna.

He realizado muchos cierres de propiedades en el pasado, y en más de una ocasión he encontrado errores en los documentos finales de cierre. Siendo que tengo experiencia en contabilidad, presté mucha atención a los números finales, los cuales estaban perfectamente preparados.

Me sorprendió gratamente ver que no se necesitaron correcciones. Al principio me pareció extraño cerrar en una sucursal de MUCAP.

Pero rápidamente descubrí que el gerente de la sucursal trabajó con nosotros para verificar rápidamente las transferencias de fondos y la cancelación del préstamo.

En todo caso, los abogados de ERP manejaron todo el cierre sin problemas y de manera profesional con el vendedor, el abogado del vendedor, el gerente y los empleados del banco. En conclusión, me complace decir que los abogados de ERP hicieron un gran trabajo

William S

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