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El Estado costarricense, por medio de sus instituciones migratorias, establece procedimientos para legalizar la entrada de extranjeros al país. Por ello, la Ley de Migración y Extranjería, así como la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo de Costa Rica, han establecido que todo trabajador extranjero, sin excepción, requiere de un estatus migratorio regular; es decir, cumplir con los requisitos de permanencia en el país que determinan las leyes para los extranjeros residentes. Los permisos o solicitudes deben presentarse a Migración mientras la visa de turismo está vigente. Por lo tanto, sí está pensando en emigrar a Costa Rica, a continuación se describen los tipos de residencias, los requisitos para obtener la residencia y los beneficios de esta.
En este contexto, los tipos de residencia que pueden tramitar las personas que emigran a Costa Rica son los siguientes:
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Residencia Permanente:
Es obtenida al tener vínculo con costarricense, o al tener una residencia temporal por más de 3 años; es la única que da la libertad para trabajar (como asalariado) y es libre de condición. La obtiene la persona extranjera, su cónyuge y sus familiares de primer grado por consanguinidad; que hayan gozado de una residencia temporal durante tres años consecutivos; y a quien la Comisión de Visas Restringidas y Refugio otorgue dicha condición. -
Residencias temporales:
Son para aquellas personas que obtienen ingresos provenientes del extranjero; o los puede generar en el país por cuenta propia (libre ejercicio profesional); o a través de un negocio propio (rentas, dividendos). A los 3 años se puede solicitar el cambio a residencia permanente. -
Categorías Especiales:
No son consideradas residencias, sino permisos para trabajar, estudiar o permanecer en el país (permisos de estadía); pero por tiempo limitado. No permiten solicitar la residencia permanente ni temporal; y al terminar la razón que motivó el permiso se debe abandonar el país o tramitar otra categoría migratoria. -
Asilo o Refugio Político:
Esta residencia le permite acogerse a la protección del país; mientras se tenga una causa válida y existan instaurados temores de persecución por causa de Género, Raza, Religión o Política; por lo tanto, es necesario contar con pruebas y respaldos de la declaración; sin embargo, durante el proceso entregan permisos de trabajo temporales. A los 3 años de haberse aprobado, se puede solicitar la residencia permanente.
Cómo Obtener Residencias en Costa Rica
Así mismo, en Costa Rica las residencias o categorías especiales se manejan en cuatro grandes grupos:
1. Por vínculo con costarricense o residente (cónyuge, hermanos o hijos menores, padres)
2. Por dinero: a. Rentista $60,000.00, o $2,500.00 durante dos años. b. Inversionista. Por inversiones superiores a $200,000.00 y/o $100,000.00 cuando se trate de inversiones en plantaciones forestales. c. Por Pensión o Retiro. El monto de ingreso debe ser mayor a los $1,000.00 dólares mensuales y debe de ser vitalicio.
3. El tercer gran grupo está dedicado a la parte laboral; bajo estos regímenes empresas o personas costarricenses pueden solicitar permisos de trabajo para empleados extranjeros; solamente los patronos pueden solicitar este tipo de residencia. Existen muchas subdivisiones, pero pocas de estas tienen una resolución positiva. Existe el régimen especial de empresa reconocida, que pueden pedir trabajadores bajo procesos expeditos.
4. Permisos de Estudiante. Categoría especial para personas que desean realizar sus estudios en Costa Rica; este tipo de permisos nunca se transforman en residencias o naturalizaciones.
Estos son los requisitos para obtener una Residencia Temporal.
La residencia temporal es una autorización de permanencia temporal en Costa Rica, generalmente relacionada con la forma de obtener ingresos. La Dirección General de Migración otorgará una autorización de ingreso y permanencia por un tiempo definido; superior a noventa días y hasta por dos años, pudiendo ser prorrogable.
Como Inversionista.
Persona extranjera que desea invertir capital propio (monto igual o superior a $200,000.00) en actividades de interés económico y social; así como en bienes muebles, inmuebles, acciones o valores, y/o plantaciones forestales; para lo cual debe demostrar una inversión inicial de $100,000.00.
Para Pensionado o Rentista.
Persona extranjera que recibe una pensión mensual y vitalicia de por lo menos $1,000.00 en su país; o persona rentista (que recibe una renta estable y permanente $ 2,500.00). Pueden aplicar sus dependientes.
Empresarios y Proyectos.
Si la persona extranjera se desempeña como:
- Ejecutivo, representante, gerente o personal técnico de una empresa registrada ante la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Empleados especializados por cuenta propia (ya sea de libre ejercicio profesional o ejerza algún oficio); o con negocio propio y sus dependientes.
- Técnico Especializado y sus Dependientes.
- Empleado Especializado en relación de Dependencia y sus Dependientes; cuándo dicha plaza o trabajo no puede ser cubierto por ningún costarricense; o atendiendo a las recomendaciones del MTSS (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).
- Deportistas y sus dependientes.
- Científica, Profesional, Pasante y Dependientes
- Corresponsal y Persona de Agencias de Noticias y sus Dependientes
- Religioso y sus Dependientes
- Residencia Temporal por Vínculo con Cónyuge Costarricense
Categorías Especiales.
La Dirección General podrá autorizar el ingreso al país y la permanencia en él; de personas extranjeras mediante categorías migratorias especiales; con el fin de regular situaciones migratorias que, por su naturaleza; requieran un tratamiento diferente del resto de las categorías migratorias. La legislación migratoria costarricense denomina los permisos para trabajar/estudio como Categorías Especiales.
Trabajador temporal.
La Dirección le autoriza el ingreso y permanencia en el país, con el objeto de desarrollar actividades económicas de carácter temporal, a solicitud de un interesado en Costa Rica, del propio trabajador, fuera de él.
Empleado Transfronterizo:
Persona extranjera vecina de las zonas aledañas a la frontera con Costa Rica, autorizada por la Dirección para ingresar y egresar al territorio nacional con el fin de realizar actividades asalariadas.
Obligación de los Extranjeros Trabajadores
Es obligación de las personas trabajadoras extranjeras mantener sus documentos en orden y proporcionar la documentación necesaria a la persona empleadora al momento de realizar el trámite respectivo ante la DGME. Todo trámite de residencia debe realizarse estando su visa de turista vigente.
Estos son los requisitos para obtener la Residencia Legal al momento de emigrar a Costa Rica:
- Primero se debe ir como turista. Permaneciendo el mayor tiempo posible en ese país. Costa Rica concede a la mayoría de las nacionalidades tres meses de estancia tras llegar al país.
- Solicitar al Departamento de Inmigración de Costa Rica también se conoce como la Dirección General de Migración y Extranjería. El departamento de inmigración de Costa Rica es supervisado por el Ministerio de Seguridad Pública y la Policía. Es necesario rellenar la solicitud y presentarla a la Oficina Consular de Costa Rica en su país de origen.
- El documento oficial que le acredita como Residente Legal del país es el DIMEX (Documento de Identidad Migratoria para Extranjeros); con el que, desde el 2008, se empezó a dotar a aquellas personas que están legalmente establecidos en el país. Consiste en una identificación de doce dígitos que cuenta con la fotografía y la firma del portador.
- La persona que haya ingresado al país con visa de turista y solicite algún tipo de residencia; deberá cancelar $200.00 por concepto de cambio de categoría y $50.00 por la solicitud.
- Básicamente los requisitos consisten en contar con un contrato escrito de trabajo, con arreglo al Código de Trabajo; y el reporte de las personas trabajadoras a la Caja Costarricense de Seguro Social y al Instituto Nacional de Seguros.
- Si usted desea emigrar a Costa Rica desde América del Sur y/o África Subsahariana; necesitará la Vacuna Contra La Fiebre Amarilla.
Beneficios de Obtener la Residencia Legal en Costa Rica
Los beneficios prácticos de obtener la residencia o estatus legal en Costa Rica como un extranjero son muy tangibles, a diferencia de algunos otros países, por lo que al emigrar a Costa Rica de forma legal usted obtendrá:
- Acceso a la seguridad social (CCSS) y asistencia médica gratuita.
- Acceso a cuentas corrientes y de servicios de crédito en bancos costarricenses, sin mayores límites que los impuestos por la ley.
- Permiso para participar en relaciones laborales en algunos casos.
- La libertad de preocupaciones acerca de la posibilidad de deportación en los puestos de control de inmigración.
- En el futuro calificar para la ciudadanía y el pasaporte de Costa Rica, una vez que se cumplen los requisitos y plazos estipulados por la ley
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