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A partir del 01 de enero entró en cobro el impuesto a las personas jurídicas que corresponde al presente año. Las sociedades mercantiles obligadas a cancelar este tributo tendrán hasta el 31 de este mes para cumplir con el pago, sin intereses ni multas.
Para este 2022 no hubo variación en el parámetro que sirve para poder calcular este impuesto, puesto que el salario base mensual, el cual es de ¢462,200 es igual al del 2021, por lo que los montos a pagar para las sociedades inactivas, aquellas que no se encuentran inscritas ante Tributación bajo ninguna actividad lucrativa, serán los mismos que se debieron cancelar durante el 2021 y para las sociedades activas dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal anterior, o según sean o no contribuyentes, cancelará así:
1. Sociedades no contribuyentes del impuesto sobre la renta, las comúnmente denominadas inactivas pagan un 15% del salario base, a saber, la suma de ¢69,330.
2. Sociedades inscritas como contribuyentes del impuesto sobre la renta que declaran ingresos en cero o sin actividad o sociedades inscritas que hayan declarado ingresos brutos menores a 120 salarios base, es decir, inferiores a ¢55,464,000 colones, pagarán el 25% del salario base a saber la suma de ¢115,550.00.
3. Sociedades con ingresos brutos mayores de 120 salarios base, pero inferiores a 280 salarios, es decir, inferiores a ¢129,416,000 pagan el 30% del salario base, a saber, la suma de ¢138,660
4. Sociedades con ingresos brutos mayores a 280 salarios, pagan el 50% del salario base, a saber, la suma de: ¢231,100
5. Sociedades nuevas: todas aquellas sociedades que se constituyan durante el trascurso del año le corresponderán pagar el impuesto de personas jurídicas proporcionalmente, tomando en consideración la fecha de su inscripción y el último día del período de 2022
El cumplimiento de este impuesto en tiempo es de suma importancia para evitar sanciones económicas. A partir del 1 de febrero hay una multa de un 1% por mes transcurrido. Las sociedades que se encuentren morosas no podrán realizar movimientos ante el Registro Nacional de la Propiedad ni contratar con el Estado ni con cualquier otra institución pública. Asimismo, tomar en consideración que la falta de pago por tres períodos consecutivos de este impuesto será causal de disolución de la sociedad.
Actualización De Pago De Impuesto A Casas De Lujo Para El Periodo 2022
Mediante Decreto Ejecutivo No. 43370-H el Ministerio de Hacienda estableció los tramos correspondientes a pagar en el 2022 por el impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, mejor conocida como Ley de Impuesto a las Casas de Lujo.
El monto exento para este año es la suma de ₡137,000,000.00, esto quiere decir que los propietarios de viviendas con un valor superior a dicho monto son los obligados a realizar el pago de este impuesto. Es muy importante tomar en consideración que dicho monto se considera para las construcciones existentes dentro de una propiedad, se debe excluir el costo del terreno.
Los tramos a pagar son los siguientes:
ESCALÓN | TARIFA A APLICAR |
Sobre el exceso de ¢137.000.000,00 y hasta ¢344.000.000,00 | 0,25% |
Sobre el exceso de ¢344.000.000,00 y hasta ¢691.000.000,00 | 0,30% |
Sobre el exceso de ¢691.000.000,00 y hasta ¢1,036.000.000,00 | 0,35% |
Sobre el exceso de ¢1,036.000.000,00 y hasta ¢1.383.000.000,00 | 0,40% |
Sobre el exceso de ¢1.383.000.000,00 y hasta ¢1.726.000.000,00 | 0,45% |
Sobre el exceso de ¢1.726.000.000,00 y hasta ¢2.073.000.000,00 | 0,50% |
Sobre el exceso de ¢2.073.000.000,00 | 0,55% |
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